El Supremo corrige a Hacienda: los padres con custodia compartida sí pueden deducirse el IRPF de la pensión de alimentos
El Alto Tribunal rechaza que cuidar de los hijos y pagar su manutención suponga una penalización fiscal
Un padre cuidaba de su hija la mitad del año y, además, pagaba una pensión alimenticia cuando la menor estaba con su madre. En su declaración de la renta aplicó el mínimo por descendientes y pidió que, a efectos del IRPF, se tuvieran en cuenta los pagos destinados a mantener a su hija. Hacienda lo rechazó. Ahora, el Tribunal Supremo ha corregido ese criterio: tener la custodia compartida no impide aplicar también el tratamiento fiscal previsto para la pensión alimenticia. Los magistrados han dado la razón al contribuyente, que había pagado 7.800 euros de pensión alimenticia. Ahora, Hacienda deberá recalcular su declaración y devolverle la cantidad ingresada indebidamente, junto con los intereses correspondientes.